Entidad Habilitada Ministerio de Salud

El estándar de laRecertificaciónMédica en Chile

Recertifíquese como especialista o subespecialista, conforme al Decreto Supremo N°18. La Facultad de Medicina de la Universidad de Chile lo guía en cada etapa.

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Conceptos esenciales

Todo lo que debe
saber antes de Recertificar una especialidad

En Chile, a partir del año 2026 los médicos especialistas tienen la obligación de recertificar su especialidad periódicamente. Este proceso garantiza que se domina un conjunto de conocimientos y experiencias relevantes en una especialidad o subespecialidad médica específica.

01

Certificación

Proceso que se concreta al momento de obtener el título de especialista o subespecialista en Chile o al iniciar los trámites para ejercer un título obtenido en el extranjero. Para médicos titulados en Universidades Chilenas con programas acreditados este proceso es automático, mientras que para quienes estudiaron en programas no acreditados o en el extranjero, debe realizarse a través de una entidad certificadora reconocida por el Ministerio de Salud.

02

Recertificación

Proceso mediante el cual un especialista o subespecisalista renueva su certificación obtenida debido a que se ha cumplido su plazo de vigencia, el cual es de conocimiento pública a través del Registro Nacional de Prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud.

03

Entidades Habilitadas

Instituciones habilitadas por el Ministerio de Salud para certificar y recertificar los títulos de especialista o subespecialista en Chile.

04

Régimen Transitorio

Primera fase de la puesta en marcha del sistema de recertificación, que estará vigente desde el primer día del séptimo mes posterior a la publicación del decreto Ministerio de Salud respectivo hasta el 31 de diciembre del 2030.

05

Régimen Definitivo

Segunda fase de la puesta en marcha del sistema de recertificación, que estará vigente desde el 01 de enero del 2031.

06

Vigencia del título de especialista

Periodo de tiempo en el cual una persona está habilitada para ejercer una determinada especialidad o subespecilidad producto de haberla certificado o recertificado de acuerdo a los requerimientos del Ministerio de Salud.
El Decreto N° 18 del Ministerio de Salud prorrogó automáticamente todas las certificaciones vencidas, esto durará hasta el último día del sexto mes de publicado el Decreto que regulará el proceso de recertificación.

07

Obligatoriedad del proceso

Todos los especialistas y subespecialistas cuyos títulos hayan perdido vigencia según lo publicado en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud, están obligados a realizar el proceso de recertificación para continuar ejerciendo.

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Marco Normativo

El proceso de certificación y recertificación médica en Chile se sustenta en los siguientes Decretos del Ministerio de Salud.

2025
DS N°18 · Vigente

Reglamento de Recertificación

Establece el proceso de recertificación para el período transitorio (hasta 2030) y sienta las bases del régimen permanente a implementarse desde 2031.

2031
Régimen Permanente

Nueva Era de Competencias

A partir de 2031 regirá el sistema permanente con nuevos estándares y metodologías de evaluación continua de competencias médicas a nivel nacional.

Paso a paso

Proceso de Recertificación

1

Acceso al portal de recertificación

Ingrese su RUT y verifique la vigencia de sus especialidades o subespecialidades.

2

Completar datos personales

Adjunte foto digital de su Carnet de identidad y complete datos personales.

3

Seleccione especialidad y envíe solicitud

Seleccione la especialidad y subespecialidad y firme electrónicamente tanto la solicitud como la declaración jurada correspondiente. Debe realizar una solicitud para cada título a rectificar.

4

Pago y finalización

Realice el pago de forma online (webpay) y reciba el comprobante de su proceso. La entidad enviará los antecedentes a la Superintendencia de Salud.

5

Emisión de certificado

Recibirá su certificado por mail y también podrá descargarlo de la misma plataforma.

Respuestas

Preguntas Frecuentes

Ingresando con su RUT a la página https://rnpi.superdesalud.gob.cl/# y revisando el detalle de su registro en el apartado “Especialidad”.
Seis meses desde que entre en vigencia el Decreto que regulará el proceso de recertificación. Esta fecha será publicada y difundida de esta página web.
Ingresando con su RUT a la página https://rnpi.superdesalud.gob.cl/# y revisando el detalle de su registro en el apartado “Especialidad”.
El Ministerio de Salud ha definido que todas las especialidades sin fecha de expiración confirmada se consideren como vencidas el 31 de diciembre 2025. De todas formas, debe considerarse que el Decreto N° 18 del Ministerio de Salud prorrogó automáticamente todas las certificaciones vencidas, lo cual durará hasta el último día del sexto mes de publicado el Decreto que regulará el proceso de recertificación.
Se pierde la calidad de titulo certificado y por lo tanto no es posible ejercer la especialidad o subespecialidad en el país.
Será definido por cada institución recertificadora. La Universidad de Chile cuenta con un proceso expedito que entrega resultados en un máximo de 5 días hábiles desde que se realiza la solicitud.
Respuesta pendiente.